Mediante el Decreto Legislativo N° 1013, publicado el 14 de mayo del 2008 en el diario oficial, se ha creado el Ministerio del Ambiente, estableciéndose su ámbito de competencia sectorial y su estructura orgánica y sus funciones.
Debemos señalar que tiene entre sus principales funciones el asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas; asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan, así como incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales.
Debemos señalar que tiene entre sus principales funciones el asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas; asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan, así como incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales.
Aparte de sus funciones básicas mencionadas, es importante destacar la creación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), el cual si bien es un organismo adscrito al Ministerio del Ambiente se desenvolverá de manera independiente en sus decisiones.Así, el decreto legislativo faculta al OEFA a intervenir en temas ambientales en todos los sectores (minería, pesquería, hidrocarburos, industria y agricultura) para no solo fiscalizar, sino sancionar. El OEFA podrá desde amonestar hasta suspender cualquier operación que tenga un impacto ambiental o que no siga las normas establecidas (esto incluye las realizadas por organismos estatales como las municipalidades).En ese sentido el nuevo organismo tendrá amplias facultades para fiscalizar y sancionar las operaciones que generen algún impacto ambiental; sin embargo —y como algunos especialistas ambientales lo habían señalado—, la organización nace débil porque no se le encomendó el manejo de los recursos hídricos, que ha quedado en poder del Ministerio de Agricultura.
A su vez debemos señalar que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI y el Instituto Geofísico del Perú – IGP han sido adscritos a este nuevo ministerio en calidad de órganos ejecutores
Finalmente debemos mencionar que el presente decreto legislativo entrará en vigencia el día de mañana 15 de mayo.
A su vez debemos señalar que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI y el Instituto Geofísico del Perú – IGP han sido adscritos a este nuevo ministerio en calidad de órganos ejecutores
Finalmente debemos mencionar que el presente decreto legislativo entrará en vigencia el día de mañana 15 de mayo.
1 comentario:
Espero que esta ministerio pueda solucionar la poca preocupación ambiental que existe en el pais, así como la prevención que debe imperar. Ojala que una persona de la calidad de Antonio Brack, pueda hacer frente a los retos.
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