El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicará los listados de las empresas y empleadores que hayan sido sancionados por afectar los derechos de libertad sindical, libertad de trabajo, contratación de trabajo infantil, vulneración del principio de no discriminación, y seguridad y salud en el trabajo.
Así lo autoriza la RM Nº 396-2008-TR que aprobó el reglamento para la difusión de los resultados de las inspecciones del trabajo. Esta información se conservará por un período de cinco años, precisa el laboralista Germán Lora Álvarez.
Según la norma, agregó, son objeto de difusión los resultados de las inspecciones que culminen con resolución administrativa firme en sede administrativa, que declara un incumplimiento normativo respecto de alguna materia atribuida por Ley al sistema de inspección del trabajo; y los informes de los órganos de control de la OIT, que contengan conclusiones sobre la afectación de derechos por parte de un empleador.
Dichos listados deberán distinguir a los empleadores que hayan sido sancionados por afectar los derechos y garantías laborales como de libertad sindical, trabajo, contratación de trabajo infantil, vulneración del principio de no discriminación, y seguridad y salud en el trabajo.
El reglamento se aplicará a las resoluciones administrativas firmes producidas desde noviembre último.
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