23 mayo 2008

La constitución de la concordia y la constitución de la discordia

Dr. Néstor Pedro Sagüez (Argentina)
Profesor de Derecho Público Profundizado en la Pontificia Universidad Católica Argentina, sede Rosario.
Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional


Las tres recientes experiencias reformistas latinoamericanas en el ámbito constitucional (Venezuela, Bolivia, Ecuador), marchan por el camino errado en la elaboración de una ley suprema. Recurriendo a la fuerza del número, media sociedad intenta imponer a la otra media su propia receta acerca de cómo organizar constitucionalmente a un país.

Una asamblea constituyente no debe ser el escenario de un campeonato político para determinar quién gana a quién. Es cierto que toda constitución importa una definición ideológica (y por tanto, inevitablemente política) acerca de los fines del Estado, de los derechos de las personas y de la manera de estructurar una nación; y que en esa proclamación, alguien triunfa y alguien pierde.

No obstante, lo aconsejable es que la constitución, que tiene vocación de permanencia y de necesaria proyección hacia el futuro, sea un compendio de coincidencias y no de disidencias. Se trata de un programa de gobierno para toda la población, y no solamente para los que cosecharon más sufragios en la última elección. La constitución del consenso debe prevalecer sobre la constitución del disenso. Solamente así la constitución tiene un largo pronóstico de vida.

El mundo está lleno de constituciones impuestas, sancionadas por una agresiva mayoría circunstancial que estruja con sus votos del momento al resto de la comunidad. Son, sin embargo, victorias a lo Pirro, que en la partida de nacimiento constitucional tienen todos los datos para su futura defunción.

Y es que la “constitución de la discordia” invita, desde el inicio, a su rechazo, elusión o derogación, sea por vías constitucionales o por la ruta de la desconstitucionalización, aún violenta. El viejo refrán del que “a hierro mata, a hierro muere”, también rige en el derecho constitucional: los aplastados de hoy querrán aplastar mañana a sus opresores circunstanciales, empezando por la carta constitucional que les fue impuesta.

Es cierto que los escenarios pueden no ser iguales. En Venezuela, un intento de reforma constitucional de tipo autoritario fue rechazada hace poco (aunque en ajustada votación), por la ciudadanía. En Bolivia, otra constitución, sancionada a puertas cerradas y con grado altísimo de inaceptación, amenaza con dividir a la República. En Ecuador, se cierne el fantasma de una “constitución anticonstitucional” (en el sentido que, como el periodismo ha señalado, en vez de limitar al poder, lo concentra), manejada por una convención constituyente que se siente superpoderosa, soberana y cuasi ilimitada.

La situación en este último país es más que preocupante, ya que cerca de un sesenta por ciento de la población parece compartir esa escalada de poder, por más que ella se realice al margen de los procedimientos previos de reforma constitucional. Aparece así una fuerte crisis social acerca de los valores, del espíritu de una constitución y del Estado de derecho, que en su esencia es un poder limitado. Tal decaimiento comunitario de principios y creencias constitucionales no es por cierto de buen augurio.

Frente al modelo que en los últimos lustros del siglo XX planteó España, con un proceso constitucional madurado y consensuado, del que nació una genuina constitución de la concordia, Sudamérica está presentando hoy antimodelos de constitución de la discordia. Es cierto que ellos no son producto de meras casualidades; que en muchos casos, situaciones históricas de injusticia social, de corrupción y de decadente partidocracia pueden explicar buena parte de la problemática. Pero también es cierto que el populismo, la demagogia (algunas veces de alto vuelo; otras, no), el resentimiento, la política constante de provocación y confrontación, así como el caudillaje prepotente y el revanchismo, no son tampoco ingredientes sanos para generar un cambio constitucional legítimo y con visos de sustentabilidad.

También es necesario alertar que los responsables de la actual situación constitucional crítica no son solamente políticos ávidos de insaciable autoridad. Cabe tener en cuenta, asimismo, a los juristas que avalen la degradación constitucional, cuya responsabilidad, como autores intelectuales, no es de ninguna manera menor.

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