Lima, oct. 21 (ANDINA).- El presidente de la República, Alan García Pérez, firmó hoy el Decreto de Urgencia por el cual se consideran días hábiles los días sábado, domingo y feriados no laborables con el propósito de que la administración pública brinde sus servicios de manera ininterrumpida.
El documento precisa que estos días hábiles serán computados en los plazos de los procedimientos administrativos que realizan las entidades del Poder Ejecutivo, así como los gobiernos regionales, y locales. Se exceptúan de esta norma los días 1º de enero, 1º de mayo, 28 y 29 de julio, y 25 de diciembre
Indica, además, que la norma no será aplicable en el cómputo del plazo para resolver recursos impugnativos ni para la realización de actuaciones procedimentales de notificación personal, actuaciones coactivas o de ejecución forzosa y tampoco para computar plazos de formulación de recursos administrativos.
1 comentario:
Hola.
Antes de nada, perdona que te escriba esto como un comentario, pero es que no vi tu email en el tu blog
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Muchas Gracias por tu tiempo... y disculpa si no fue la mejor manera de darme a conocer.
Un saludo.
DAVID T.
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