05 enero 2009

Primer juicio oral por Grooming (ciber-acoso) en Chile

Las nuevas tecnologías de información y comunicaciones (la Internet, las cámaras digitales, los scanners, los celulares con cámaras, las conexiones inalámbricas, los programas free share, entre otros) han dado pie a delitos antes nunca vistos, con modalidades y formas de actuar totalmente disímiles de los ya conocidos.
Un delito cibernético que actualmente afecta a cientos de miles de personas en todo el mundo, especialmente niñas, niños y adolescentes, quienes son sus principales víctimas, es el llamado "grooming" o delito de acoso sexual a menores vía Internet o "ciber-acoso". El nuevo tipo de pederasta, abusador sexual infantil, busca a sus víctimas por la Internet, las ubica, se pone en contacto con ellas, se gana su confianza y finalmente consuma su abuso.



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A día de hoy, no existen datos de los alcances ni la magnitud del delito de grooming ya que, además de ser un fenómeno relativamente nuevo, tanto las víctimas como sus padres son reticentes a presentar denuncias.
El “Grooming” (preparación para el daño), es definido como la práctica de contactar a menores de edad a través del Chat, MSN, y juegos en red con el propósito de disminuir las inhibiciones del niño a modo de preparación para el abuso sexual.
El grooming no está identificado, tipificado ni codificado en legislación. Los instrumentos legales contemplan la sanción de la difusión y reproducción de imágenes que muestran situaciones de abuso sexual y/o explotación sexual NNA; pero no el grooming per se.

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